Resumen | |
[J] | Reducción de jornada de Magistrada para cuidado de hijo menor por hospitalización. Falta de justificación de la denegación de la prórroga.(publicado en Actualidad Diaria 3229 el 28 de noviembre de 2016) |
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El presente recurso contencioso-administrativo es interpuesto por doña Alicia , Magistrada titular del Juzgado de Instrucción nº NUM000 de DIRECCION000 , contra el acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 3 de diciembre de 2015. Los antecedentes del asunto son como sigue. En el año 2012, la recurrente dio a luz a un niño que nació con una pluralidad de graves enfermedades congénitas. A fin de evitar la frecuente hospitalización del niño, la recurrente adaptó su vivienda transformándola en una especie de entorno hospitalario bajo la dirección del servicio médico del Hospital de La Paz. Éste proporcionó a la recurrente, además, la formación necesaria para que pudiera cuidar a su hijo preferentemente en su domicilio. El ingreso del niño en el hospital no es aconsejable, entre otras razones, por el alto riesgo de infección respiratoria. Con base en estas circunstancias, la recurrente solicitó al Consejo General del Poder Judicial que le otorgara una reducción de jornada para cuidar de su hijo. Mediante acuerdo de 29 de octubre de 2013, la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial decidió:
Dicha reducción de jornada fue prorrogada, a instancia de la recurrente, en tres ocasiones, mediante acuerdos de la Comisión Permanente del Poder Judicial de 29 de abril de 2014, 27 de octubre de 2015 y 27 de mayo de 2015. Solicitada una nueva prórroga de la reducción de jornada, es desestimada por el acto ahora impugnado. El Supremo estima el recurso. | |
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